sábado, 1 de junio de 2013

EL PAGARE

En esta ocasión me pareció importante hablar de algún titulo de crédito y elegí el pagare. este titulo que en la evolución del derecho mercantil, ha venido sustituyendo a la letra de cambio, que en algunos ayeres esta era un titulo que se suscribía para garantizar algún pago.

Muy bien ahora mi estimado lector, comenzaremos con nuestro tema y para empezar es importante definir que es el pagare.

DEFINICIÓN DE PAGARE:

Es un titulo de crédito nominativo que tiene una orden incondicional de pago, realizada por el suscriptor (deudor), en beneficio de una persona determinada (acreedor).


CARACTERÍSTICAS DE UN PAGARE

Desde el punto de vista de la redacción del documento, rige la mas amplia libertad, ya que no existe ningún precepto que determine la forma material del pagare, ni la redacción de sus requisitos en un orden determinado, no hay en este aspecto mas restricción que la exigencia lógica de que diversos requisitos vayan expuestos de tal manera que resulte de su lectura la existencia de un pagare.

La ley nos menciona que para que un pagare sea valido tiene que cumplir con determinados requisitos como lo son:
  1. La mención de ser pagare, inserta en el texto del documento;
  2. La promesa incondicional de pagar una suma determinada de dinero;
  3. El nombre de la persona a quien ha de hacerse el pago;
  4. La época y el lugar de pago; 
  5. La fecha y el lugar en que se suscriba el documento; y
  6. la firma del suscriptor o de la persona que firme a su ruego o en su nombre.
Como ven  estos elementos son extremadamente importantes para que un documento sea considerado un pagare, pero hay ocasiones en que se omiten insertar algún elemento, pero esto no afecta la validez del pagare porque la misma ley subsana las omisiones que realizo el acreedor y el deudor, pero ojo estimados lectores no aplica en todos los elementos.

Tal caso ocurre con el elemento de "la época y lugar de pago,"  al omitirse la época de pago (que es el vencimiento de documento), se considera que el pagare puede ser cobrado a la vista, por lo que se traduce por ejemplo: si hoy firmaste un pagare y en el no tiene expresado la fecha de vencimiento, el tenedor del documento (acreedor) puede exigirte el pago el día siguiente en que se firmó.

Lo mismo ocurre con el lugar de pago.- ya que la ley dice, cuando se omita el lugar de pago, se entenderá que sera pagadero en el domicilio del deudor. esto es subsanado también por la ley para establecer la jurisdicción a que va a hacer sometido dicho documento en el caso de que lo cobren en vía judicial.

Uno de los elemento importantes que tiene el pagare, es que se le pueden estipular los intereses, que pueden ser naturales y/o moratorios.

Los naturales: es el rendimiento que se genera por el préstamo del dinero; y los intereses moratorios: son aquellos que se van a generar a partir del vencimiento de documento, cuando no haya sido pagado en su totalidad.

EL AVAL

una figura importante es el aval en un pagare, y es la persona deudora solidaria, que se hará responsable de cubrir la deuda total o parcial, cuando el deudor principal incumpla con su obligación, aquí me permito sugerir que cuando vayan a prestar algún dinero, siempre pidan uno ó dos avales en caso de que la deuda sea considerablemente grande para que Usted tenga la certeza de que va a recibir su pago con todo los intereses.

CARACTERÍSTICAS DE UN BUEN AVAL.

  • Que sea mayor de edad
  • Que tenga capacidad legal
  • Que sea solvente (que tenga bienes de su propiedad. ya sea una casa, un terreno, un departamento, o coches etc).
                                          PRESCRIPCIÓN


El pagare prescribe de dos formas 

  1. 3 años contados a partir  del día siguiente a la fecha de vencimiento, para la vía ejecutiva; esta vía es también llamada la privilegiada, ya que cuando se quiere cobrar de maneja judicial, al ser admitida la demanda, el juez dicta un auto de "exequendum" esto quiere decir que en el momento de la diligencia, se va a emplazar a la demandada (s), se les requerirá del pago total del pagare, y si no lo paga o no tiene para pagar se le embargaran precautoriamente bienes suficientes para garantizar el pago. esas tres cosas se realizan en un mismo acto.
  2. 10 años contados a partir del día siguiente a la fecha de vencimiento, para la vía ordinaria; en esta vía, únicamente se le emplazara a la parte demandada (s) y el embargo se realizara después de haberse dictado la sentencia.
CONSEJOS AL FIRMAR UN PAGARE 

PARA EL DEUDOR.-

  1. No dejar en blanco en el documento.
  2. Lo recomendable es tener una fecha de vencimiento pero si tu acreedor te dice que dejes en blanco la fecha de vencimiento, tacha ese espacio para que no pueda se llenado posteriormente.
  3. Si tu acreedor en los intereses moratorios te dice que lo dejes en blanco, tacha ese espacio, para que no sea llenado después, hay que tomar en cuenta que por default la ley marca el 6 % anual. a menos que se ponga la clausula "sin intereses" o en el espacio de intereses se escriba " 0%".
  4. Escribe la leyenda "no negociable" para que tu acreedor no pueda transferir por medio del endoso.
  5. Exigirle al acreedor que los pagos parciales tiene que estar anotados al reverso del pagare con su firma.
  6. Al pagar por completo la deuda, exige la devolución del documento.

 PARA EL ACREEDOR.-

  1. No llenar datos que no haya llenado el deudor, porque puede complicarse en un juicio.
  2. Sera mejor establecer una fecha de vencimiento, y no dejarlo a la vista, porque los intereses moratorios empezaran a correr hasta que se demanda y emplaza al demandado.
  3. Procura demandar el pago de un pagare vencido antes del termino de los 3 años posteriores a la fecha de vencimiento para poder accesar al juicio ejecutivo y asi embargar precautoriamente los bienes del demandado y/o aval (s).
  4. Si el pagare es a la vista, procura demandar su cobro dentro de los 3 años 6 meses, siguientes a la fecha de su firma para poder accesar al juicio ejecutivo y asi embargar precautoriamente  los bienes del demandado y/o aval (s).
  5. Procura que no solo tu deudor firme el pagare, sino que también lo firmen uno ó varios avales que sean solventes.
  6. Procura verificar antes de prestarle el dinero, que tu deudor cuente con los bienes suficientes para pagarlo la deuda (esto en caso de tener que demandar, asi podras tener suguro el pago a base de los bienes de él.
  7. De ser posible antes de la fecha de vencimiento del pagare, endoselo a una persona de confianza (abogado) para cobrarlo.
  8. Procura establecer que el juicio en el lugar en donde tenga su  domicilio como acreedor.


BIBLIOGRAFÍA
  • Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.
  • Codigo de Comercio.
  • Derecho Mercantil I autor. Joaquín Rodriguez Rodriguez.
  • www.asesorialegal.org.mx
  • Google imagenes. ocw.udem.edu.mx
Espero que hayan disfrutado de este articulo.
¡para asesoramiento y cobros judiciales de los pagares contratar un buen abogado!

Además recuerde, siempre contrate un abogado para que lo asesore antes de que vaya hacer un tramite, y asi creame puede ahorrarse mucho dinero porque evitaría pagar juicios costosos y que se resolverian en un tiempo prolongado.

si tienen dudas sobre este tema pueden expresarlas en este mismo blog ó si lo quieren hacer mas privado en nuestro correo electronico y con gusto se les orientara.

DESPACHO JURÍDICO
TEL/OFICINA:  36-00-11-87.
CEL: 044-33-11-84-89-04.
CEL:044-33-12-89-99-46.
LIC. JOSÉ ALFREDO CASTRO RAMIREZ.
LIC.ÁNGEL ALFREDO CASTRO ROJAS.  
CORREO ELECTRONICO: jya_abogados@hotmail.com 
Tlaquepaque, Jalisco, México. 


78 comentarios:

  1. yo tengo varios pagares vencidos me visitaron los licenciados de la persona que le firme los pagares, llegamos a un acuerdo de que al mes e iba a llevar la mitad de el dinero de los pagares pero como ya avian transcurrido 1 y medio ya no me presente a los juzgados a liquidar la parte que acordamos, firme la demanda y trabajaba un taxi y lo tomaron como enbargo me podra afectar

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    1. Saludos mi estimado lector.

      hay varias cuestiones que no me quedaron claro y me gustaria que me hiciera el favor de comentarmelo para poder orientarlo de una manera mas adecuada.

      cuando me dice que lo visitaron los licenciados de la acreedora. quiero imaginar que acudio tambien un secretario de un juzgado de lo mercantil y se identifico como tal. ¿ocurrio de esta manera?.

      si ocurrio de esta manera le tuvieron que haber dejado una copia de la demanda y haberle dado un termino para que conteste. ¿Ocurrio de esta manera?

      ¿el acuerdo que me comenta fue de manera verbal o por escrita?

      el taxi que me comenta que le embargaron ¿era suyo? ¿lo utilizaba para trabajar?

      y sobre todo ¿hace cuanto vencieron los documentos?

      ¿de donde me hace el favor de escribirme?

      Mi estimado lector, si me hiciera el favor de contestar estas preguntas que le comento, me daria una idea de como esta su situacion juridica. y poderlo orientar de una manera un poco mas particular y no darle ideas generales

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  2. EL PAGARE PUEDE SER TAMBIEN POR 3 MESES

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  3. Saludos, respondiendo a su pregunta.

    el pagare si puede tener fecha de vencimiento a 3 meses, inclusive al día siguiente (nunca se realiza de esta forma)pero también es valida.

    Recomiendo poner es especifico día en que se suscribe (día/mes/año) y de igual manera día en que vence (día/mes/ año.

    pues en ocasiones se pone los "principios del mes, a mediados o a finales" (que aunque se ponga de esta forma, la misma ley subsana dicha generalidad) pero es mejor que el pagare lo tenga ya establecido, para saber cuando comienza el computo de los intereses ordinarios y/o moratorios

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  4. Disculpe quisiera saver cuanto es el interes maximo para un pagare de papeleria

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  5. Hola buenas noches un amigo me preto un dinero para devolver nada mas me liquidara la empresa el juicio ya lleva medio año ya estamos esperando el cheque pero esta persona se desepeeo y le firme un pagaré en blanco y me dice que me ba a llevar a un abogado para que le firme unos papeles que puedo hacer

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    1. Hola que tal amigo. vamos a ver si entendí. tu pediste dinero prestado a un amigo, y para devolvérselo estas esperando a que se resuelva tu juicio laboral del cual lleva medio año y tu amigo (acreedor) ya se desespero y te hizo firmar un pagare en blanco y ahora quiere que firmes otros documentos.


      Si la situación es así, primero tendremos que saber que cantidad de dinero es la que se debe. pero aquí hay algo sumamente peligroso (le firmaste un pagare en blanco). Jamas se debe firmar un documento en blanco y mucho menos un pagaré, pues el mismo puede ser llenado por cantidades distintas y mayores a las que en realidad te prestaron.

      Yo te recomiendo que busques la forma de conseguir el dinero por otro lado, buscando pagarle a tu amigo y QUE TE DEVUELVA EL PAGARÉ, así evitaras que te altere la cantidad y al rato de ser un juicio por ejemplo de $5,000 (que le pediste) ahora sea de $50,000 o mas, porque el lleno el documento que se firmo en blanco. ademas si también no se puso fecha de vencimiento, eso también es en perjuicio porque podrán poner una fecha anterior, ademas de poner cualquier interés al documento.

      Con lo que respecta al abogado que te quiere hacer firmar documentos, considero que no le firmes ningún documento sin antes sea revisado por un abogado. porque puede que también perjudicarte mas la situación jurídica que se esta presentado.

      ahora, si tu amigo ya contrato abogado y este interpuso la demanda. esa demanda es la Única que si se firmaría de recibido para que entreguen todos los documentos de la demanda. eh inmediatamente tendrías que acudir con un abogado a que te realice tu defensa y conteste en tiempo y forma.

      adelanto, que en el momento de la entrega de la demanda (Diligencia). podrían tener una orden de embargo y en ese momento se señalen bienes embargados (Casas, Terrenos, Dptos, Coches, menaje de la casa etc).

      por eso te recomiendo que para evitar todo este tramite, busques pagarle a tu amigo por otro medio que no sea tu juicio laboral, y que en el momento del pago se te entregue el pagare, sino lo hace, no pagues !!!

      cualquier duda o comentario.
      mi teléfono Celular es 044 33 1289 9946.
      Lic. Ángel Castro R.

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    2. Por lo que respecta a lo que nada mas estas esperando el cheque de tu juicio laboral te refiero.

      Que si tienes ya un laudo por la Junta y/o realizarón convenio para terminar con el juicio, si la empresa no responde con el pago en el plazo que se estipulo en (el convenio y laudo). puede pedir la ejecusión del mismo para obligar a la empresa que pague lo acordado más los intereses generados por falta de pago, para buscar que te entregue el dinero lo mas rápido posible.

      Atentamente
      Lic. Ángel Castro R.

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    3. hola no me queda claro en algunas partes y unos abogados dice que el acredor no debe llenar datos que el deudor no lleno y usted dice que si puede llenar un pagare en blanco, según yo es un delito alterar documentos, o no sucede nada si se demuestra con un perito el plagio.

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  6. Hola, buenas tardes, yo firme dos pagares, uno por uatro mil pesos y otro por cinco mil pesos, esto fue en el año 2009, pero no les puse ni interés por cobrar ni fecha de vencimiento. Yo pague todo ese dinero con intereses, pero la persona nunca me devolvió los documentos (pagarés) ahora me dice que no he pagado y que tengo que pagarle el capital mas los intereses.

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    1. saludos apreciable lector. Primeramente quiero comentarle que al momento de liquidar un pagare se solicitar la entrega del mismo. por dos aspectos; 1) porque su obligación de pagar ya fue cubierta y no tiene porque el acreedor quedarse con los documentos y 2) para evitar futuros abusos por parte del acreedor y querer cobrar nuevamente el pagare.

      en este aspecto. si usted me comenta que ya pago y que el acreedor le esta queriendo cobrar el pagare. le pregunto primero. ¿los abonos que fue entregando, se fueron anotando al reverso del documento? o ¿le entregaba un recibo aparte? o ¿simplemente no se anotaba ni se entregaba nada?.


      ahora bien, lo que podemos adelantar es que, si el acreedor quiere comprarle el pagare, tiene que hacer unas diligencias ante notario o ante un tribunal para fijarle fecha de vencimiento al pagare, ya que si el le pone la fecha de vigencia lo estaría haciendo de manera ilegal y podría ser sujeto a alteración del documento. claro esto se tendría que acreditar en juicio con un perito que nos determine si el documento fue alterado.


      yo le sugiero que no pague lo que le esta queriendo cobrar el señor y que mejor espere a recibir la demanda, y en el momento que se la entreguen contratar a un abogado de su confianza para preparar la defensa, ya que se tiene termino para ello. y una defensa puede ser la alteración del documento, para irle quitando credibilidad y valor al mismo.

      a parte de que, si tiene documentos que acrediten sus pagos, guardarlos y entregárselos al abogado para que prepare la defensa de su asunto.

      si tiene una duda o comentario, dejo a su disposición el teléfono de Celular 044- 33- 1289 9946 Lic. Ángel Castro R. Para cualquier duda o cita y atender su asunto personalmente.

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  7. Yo le debo a una señora desde ase 3 años un pagare de 30,000 pesos sin intereses como noera del mismo lugar donde yo vivo le estube depositando 2,700 semanales la cantidad en total le deposite 18,000 pesos pero la señora no los asepta como dinero los kiere como intereses pero la señora nunca volvio asta penas 15 dias y me demando por los 30000 pesos envargandome la casa los recibos que tengo si se pueden aser validos?

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  8. Saludos estimado lector.

    lo primero e importante que tenemos que revisar seria el pagare. me dice que ya lo demandaron y le debieron de dar copias de la demanda junto con el pagare, le comento esto porque ver el interés que se establecio en el titulo y la fecha de vigencia del pagare. ya que si fue un pagare de papelería, aparece únicamente el interés moratorio, ESE INTERES COMIENZA A CUANTIFICARSE AL DIA SIGUIENTE DE LA FECHA DE VENCIMIENTO DEL PAGARE.

    lo que significa que e interés se estaría cuantificando sobre el saldo insoluto, que a su dicho seria sobre $12,000.00 pesos, ya que la deuda original fue de $30,000.00 pesos menos $18,000.00 que abono son $12,000.00 pesos.

    Segundo aspecto, los vouchers de sus depósitos que realizo pueden ser valorados por el juez como abono a la deuda y con otras pruebas que se podrían ofrecer en el juicio para que le den un valor probatorio y lo tomen en cuenta.

    como ya lo demandaron, le dan termino para contestar la demanda y defenderse con sus documentos que tenga en su poder y el abogado tendría que ofrecer sus voucher en su contestación, sino lo hace, entonces prácticamente a la vista del juez no ha pagado nada !!!

    Es muy importante señor que su asunto si sea valorado por un abogado si es que no lo ha contratado ya que por el momento tiene embargada su casa del cual es un patrimonio que en momento dado puede llegar a ser rematado.

    si tiene otra duda o comentario lo podemos ver por aquí, o una atención mas personalizada, nos podemos ver en mi oficina, previa cita. dejando el numero de contacto de la oficina 3600 1187 y el numero celular 044 33 1289 9946. para cualquier duda o cita y atender su asunto personalmente.

    le comento que la asesoría con un servidor no tiene costo

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  9. una misma persona me firmo un pagaré como deudor y como aval, hay algún problema si lo quiero hacer valido ante un juez???

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    1. Saludos.

      Le comento que propiamente no había para demandarlo por el pago de los alimentos, pero, jurídicamente si el no tiene bienes que embargar no podría hacer el cobro del documento ya que no tiene otra persona quien podría responder por el pago, es decir, ya que la figura del aval es una persona distinta al deudor y sirve para garantizar el pago que no puede cubrir el deudor.

      cualquier duda o comentario estamos a la orden por este medio o por teléfono o whatsaap al 044 33 1289 9946. Lic. Ángel Caatro R.-

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  10. hola
    preste 3000 pesos de los cuales no me pagaron ni el dinero al vencerse el plazo ni interes posteriores, el pagare me lo firmaron en blanco,pero sin aval. que se puede hacer

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    1. Puede demandar el pago del dinero mediante una demanda mercantil para buscar el pago del dinero con los intereses y suerte principal.

      ademas también se puede buscar la negociación del adeudo sin necesidad del un tramite judicial.

      cualquier duda o comentario estamos a la orden por este medio o por teléfono o whatsaap al 044 33 1289 9946. Lic. Ángel Castro R.-

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  11. Hola buenas tardes, preste un dinero a una persona yo llene el pagaré y está lo firmo está persona fallecio, ahora alegan sus beneficiarios que no es su firma ni su letra del llenado y no quieren pagar que se puede hacer? Mil gracias

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    1. La respuesta fue contestada vía telefónica. si es otra persona, lo invito a que me lo haga saber y con gusto le respondo a usted, sin problema.

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  12. Yo firme un pagaré a una empresa para poder laborar en ella, después de un tiempo se me regreso el pagaré pero lo extravié, alguien más puede hacer mal uso de ese pagaré en mi contra. Saludos

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    1. En términos generales si pueden hacer mal uso del pagare... es decir, si esta en blanco, pueden llenarlo y presentarlo para su cobro. (pero implicaría que la persona que lo encontró lo conociera a usted), para cobrarlo... y claro, si el pagare fue alterado, pierde su validez, que eso se tendría que acreditar en juicio.

      En resumidas cuentas, lo veo muy difícil que se lo vayan a cobrar.

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  13. Buenas tardes.


    Un.instituto de educación "Patito" me hizo llenar y firmar un pagaré, acepté firmarlo por que dicho instituto me dijo que en el momento de terminar de pagar el total del curso me darían ese pagaré.

    Él chiste es que pagué sólo la mitad del curso y solicite mi baja.

    Esta gente no me quiere dar el pagaré donde dice que se me obliga a pagar 5% de crédito mensual del total del curso si no pago por completo el curso.


    ¿Puede tener problemas en un futuro?


    Guarde mis bauchers, me dieron de baja y todo quedo al corriente pero se niegan a darme el pagaré.

    La cuestión es que la firma que puse en el pagaré es totalmente diferente a la de mi IFE, no se parecen en nada, en.los bancos nunca me han dado crédito por lo mismo, mi firma es super complicada y nunca me sale igual.


    Tomando en cuenta lo de la firma

    ¿Pueden proceder ellos por la vía judicial contra mí?

    Muchas gracias.

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  14. Hola, yo firme un pagare de los cual se vencio ya hace tres meses y tuve pagando un inTeres pero ahora ya no tengo para pagar ni el interés ni el préstamo le pedí que me espere un tiempo para pagar el préstamo ya sin intereses pero no quiere esperar si esto va a vía legal que es lo que me espera quiero que quede claro que si deseo pagar si voy a lo vía legal pun do pedir en pagar en partes

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    1. Saludos.

      Bueno, en ocasiones el pagaré cuando se cobra por la via lega, me ha tocado que a mis clientes les conviene, porque podemos llegar a un acuerdo dentro de juicio donde ambas partes puedan salir beneficiadas del tramite.

      por lo cual, sugiero que ahorre lo máximo que pueda guardar, por si lo llegasen a demandar, podamos tener ya con un monto de reserva para que nos pueda ayudar a las negociaciones del mismo tramite.

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  15. Hola Buenas tardes, será que puede poner un formato de pagaré donde el deudor es un empresa, ya que no se como se llena uno para personería Jurídica.

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  16. Hola buenas tardes, una pregunta hace unos 5anios saque un prestamo en una caja y la persona q me metio a la caja seria como mi aval, por lo que ella me hizo firmar un pagare en blanco y con mis huellas para no dejarla con la deuda en caso q yo no pagara, pague la deuda pero ya no volvi a ver a la sra, esto puede traerme problemas mas adelante?

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    1. Saludos estimado lector.

      le comento que si usted firmó como deudor principal y su conocido como aval, al momento que usted pague la deuda le entregan a usted el pagare o el contrato de préstamo pagado y ya no tendría ningún problema tanto Usted, como su aval. según así entendí el problema.


      sino, puede nuevamente escribirme por este medio. o cualquier otra duda, esta a la orden la siguiente linea telefónica

      044 33 1289 9946
      Lic. Angel Castro R.

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  17. Hola buenos dias, pedí dinero prestado a una persona que da dinero a rédito ya pague casi todo me faltan una pequeña parte pero ya no he tenido dinero y no puedo pagar aparte ella no es la persona directa a la que se le deposita y el caso es que ya vino a buscarme a la casa donde vivo con una abogada y lo peor fue que firme pagare en blanco que puede pasar

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    1. Saludos estimado lector.

      le comento que jamas hay que firmar un pagare en blanco, ya que la persona acreedora puede poder cualquier cantidad al momento de llenarlo y su problema con la deuda podría hacerse grave, cuando se demanda el pago completo del pagare.

      Lo que le recomiendo es que busque la manera de llegar a un acuerdo con la acreedora para que le pueda ir pagando con abonos mas pequeños y que le entreguen su pagare al termino del pago de la deuda.

      porque también hay que tener en cuenta, que los abonos hacia una deuda de un pagare, tienen que anotarse al reverso del mismo pagare para que puedan ser validos.

      cualquier duda o aclaración, estamos a la orden por este medio o por medio del siguiente numero

      044 33 1289 9946.
      Lic. Ángel Castro R.

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  18. Buenas Noches.
    Tengo algunos pagares correspondientes a servicios educativos prestados.
    Están vencidos y los voy a endosar a un abogado para su cobro.
    Quiero saber de que manera debo elaborar el recibo donde entregaré los pagares, para quedar totalmente protegido.
    Saludos y Gracias.

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    1. El endoso seria en procuración, si es que el abogado solo se va a encargar del cobro de los pagares y claro el dinero y los intereses serian de usted.

      Si el abogado le compro los pagares, entonces el endoso seria en propiedad y el abogado se convertiría en dueño de los titulos, del dinero y de los intereses.

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  19. Yo tengo un problema con un pagare :( donde puedo comunicarme para que me orienten :(

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    1. Buenos dias.

      Le comento que puede comunicarse directamente al telefono 33 1289 9946. O al teléfono de oficina 33 3600 1187

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  20. Hola buenas tardes una amiga me ofreció $10;000 por entregar los documentos de mi taxi placa y factura a cambió le iban a hacer un préstamo de $45;000 con un interés del 10% mensual sin embargo ya han pasado casi tres meses y no se a liquidado la deuda con el prestador en mi desesperación por recuperar mi medio de trabajo acepte firmar dos pagarés de $30;000 pesos puedo perder mi coche y placas?

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    1. Una pregunta estimado lector.

      Y ¿su amiga firmo algo con el prestamista? o ¿su amiga le firmo algo a usted?

      Si Usted solamente firmo con deudor principal, Usted figura como quien pidió el préstamo y por ende, para recuperar su medio de trabajo tendría que liquidar el dinero para que le entreguen su propiedad.

      (Ahora, en un proceso legal), se tendría que ver la forma para que no pierda el taxi, si es su medio de trabajo, pues los bienes que son destinados para el trabajo, no son susceptibles de embargo.

      Este caso, tiene muchas aristas, en primer lugar desde lo que firmo y como lo firmo.

      Si gusta, podemos atenderlo, dándole una asesoría mas personalizada.

      le dejo mi número celular 044 33 1289 9946.
      Atentamente Lic. Ángel Castro R.

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  21. Hola buenas tardes mire le comento mi caso yo laboraba en cierta tienda de conveniencia amm el caso es que según el gerente tenía un faltante en caja de 24000 por lo cual me detuvo al interior de la tienda por lo cual llame a un familiar el cual tuvo que firmar dos pagarés por la cantidad de 2500 pesos cada uno vencian el día 28 de febrero para lo cual se buscó a la persona para realizar el pago pero la persona siempre argumenta estar en otro estado y no puede atenderme y no se llenó el porcentaje ni se tacho que se puede hacer en este caso

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    1. Saludos lector.


      Mire le comento lo que se tiene que hacer, es acudir con un abogado y realizar un tramite de deposito al juzgado de lo mercantil, que se llama (consignacion de dinero), para que se libere de la deuda usted y no se genere ningún tipo de interés que le pudiera querer cobrar esta persona.

      De esta manera, si la persona al paso del tiempo quiere cobrar los pagares, Usted, tendría en su poder los documentos del juzgado donde dice que usted ya había pagado la deuda y el dinero lo tiene el juzgado. de esta forma no lo molestarían y se quitaría un gran problema.


      Para mayores informes dejo a su disposición mi número celular, y

      044 33 1289 9946
      Lic. Ángel Castro R.

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  22. Hola buenos días ase un mes saque una enciclopedia de 3000 pesos y firme un contrato y un pagaré pero en la parte en donde dice pagaré no me pusieron nada en los requisitos aún así es válido
    Le agradecería mucho si me orienta

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    1. Saludos estimado lector.

      aquí tendríamos que ver en que parte de los documentos firmo Usted. si firmo en parte del contrato, solo te tendría que sujetar a lo que establece el contrato. y si firmo donde aparece el pagare, entonces el pagare podría ser cobrado por los 3,000 pesos


      si firmo en ambas partes. el acreedor solo puede optar por una sola via. la civil (por el cumplimiento del contrato) o la mercantil (el pago de la deuda). pero nunca ambas.


      Saludos

      ATT:
      Lic. Ángel Castro R.
      TEL 044 33 1289 9946.

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  23. Hola compre una casa y el dueño me pidio q le firmara un pagare como garantía, el me demando y me embargo, despues del proceso de embargo se metieron peritos ya q el pagare tiene datos en los intereses diferente en letra y tinta fueron 3 peritos el de el dijo q no tenia alteraciones, el mio q si y el q nombro el juez dijo q si tenia alterqciones. Yo tenia entendido q un pagare se anulaba, pero acaba de salir el fallo donde me pide q pague la cantidad total del pagare siendo q ya le habia dado dinero mas intereses anuales diferentes a los q vienen en el pagare..... Si puede ser esta sentencia

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    1. saludos estimado lector.

      le comento, en su caso tendríamos que revisar su sentencia para ver ver que argumentos tomo el juez para que procediera con una sentencia condenatoria.

      pero esa sentencia se puede apelar, para que otro tribunal superior vea y pueda corregir la sentencia del juzgado. también se tiene con la instancia de juicio de amparo si no le favorece el fallo.

      igual lo podemos seguir apoyando de manera mas personalizada, le dejo mis datos

      Atentamente
      Lic. Angel Castro R.

      044 33 1289 9946

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  24. Hola yo llene un pagare x 2600 solo tiene llenado el día del préstamo y mi firma,no tiene aval..mi pregunta es se puede cobrar a cuanto asciende si fuera demanda ya que fue hace un año

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    1. Saludos.

      en primer termino los pagares pueden cobrarse sin problema mientras no pase de 05 años después de vencido. en su caso, su pagare no tiene fecha de vencimiento, por lo cual ese año no a pasado (en la vida del pagare), por que siempre estará vigente, pues carece de fecha de vencimiento.

      ahora, si no tiene aval, el pagare solamente se le demanda el pago completo e integro al deudor principal. embargo que puede ser con sus bienes o ya hay criterios de la corte que se puede embargar el salario para pagar dicho pagare.

      igual lo podemos seguir apoyando de manera mas personalizada, le dejo mis datos

      Atentamente
      Lic. Angel Castro R.

      044 33 1289 9946

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  25. Hola buenas tardes mi pregunta es me prestaron 25000 pesos una amiga le firme un pagaré yo le pague dicha cantidad en efectivo y dijo que después me daba el pagaré ya que no lo encontraba para esto cuando firme el pagaré me equivoque en la fecha de vencimiento y me hizo firmarle otro deos cuales no me los entrego ahora me demandó y presento los dos pagarés sumando una cantidad de 50000 pesos dichos pagarés que exibio en juzgado están alterados cambiando fechas anexando datos que no corresponde a mi letra mi pregunta es tienen alguna validez esos pagarés?

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    1. Buen día estimado lector.

      Cuando usted pago los $25,000.00 pesos. ¿fue en efectivo o deposito y si fue en efectivo su amiga le firmo un documento de recibido?

      ahora, en lo que respecta a que si son validos o no, la respuesta es que si. mientras tanto usted no demuestre lo contrario, es decir, ya hay un juicio encontra de usted, lo que tiene que hacer es contestar la demanda, alegando que estan alterados dichos documentos y presentar una prueba pericial para demostrar dicho argumento, pues si sale favorable dicha pericial el documento no tendría porque cobrarse, pues fue dolosamente alterado para perjudiciarlo, pero ojo, eso se tiene que demostrar en juicio, por el simple dicho no basta.

      igual lo podemos seguir apoyando de manera mas personalizada, le dejo mis datos

      Atentamente
      Lic. Angel Castro R.

      044 33 1289 9946

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  26. Buenas noches mi esposo firmó un pagaré y yo quedé como aval el acaba de fallecer y la persona del pagaré me exige el pago pero yo no tengo con que pagarle ya que no cuento con un trabajo mi pregunta es me puede demandar?

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    1. Saludos lectora.

      Mire en este caso, la deuda del pagare no se extingue con la muerte de su esposo, pues es una carga que contrajo en vida. El acreedor puede demandar su pago del dinero, (y cobrarse de la masa hereditaria, si es que tiene bienes propios), esto es por lo que ve a la parte de su esposo y usted como aval, también podría ser demandada por el pago integro del dinero.

      también, otro dato que nos puede ayudar es desde cuando su esposo firmo ese pagare.

      porque como mencione en lineas anteriores, el pagare no se extingue con la muerte, pero algo que si pasa, es que el pagare si preescribe, si tiene mas de 5 años de vencido, el pagare no podría cobrarse tan facilmente y eso le pudiera ayudar.

      cualquier cosa estamos a la orden en el siguiente numero

      Atentamente

      Lic. Angel Castro R
      Cel. 044 33 1289 9946

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  27. Hola buenos días..yo firme un pagaré y la verdad x no lo llené solo lo firme en blanco y ya he abonado ala cuenta pero tampoco anotamos nada atrás del pagaré y kiero saber q tanto me va a perjudicar no llenarlo ..

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    1. hola, que tal estimado lector.


      Mira te comento que si es grave ese aspecto, puesto que como lo he referido en muchas ocasiones, el no llenar el pagare completamente se corre el riesgo que el acreedor de mala fe ponga cantidades distintas a la que realmente son.


      ahora, otro aspecto importante, ¿como esta pagando? es decir, ¿el dinero usted se lo entrega en físico o se lo deposita a una cuenta bancaria?

      porque le comento que toda entrega de dinero se debe de anotar al reverso del pagare si es que este es una persona física, para que tenga valor dichos abonos.

      Hay que tratar de hablar con su acreedor y buscar la forma de que le llene su pagare en su presencia por la cantidad que le prestaron y segundo que al reverso del pagare le anote el abogo que ha recibido hasta el momento, para que regularice su situación jurídica.


      sino accede de esta manera el acreedor, entonces con gusto le apoyamos a consignar ese dinero en un juzgado y así que usted pueda liberarse de las obligaciones.

      En la practica del derecho, hay un dicho que dice "El que paga mal, paga dos veces", y hay que evitar que le suceda algo por el estilo.


      cualquier duda o aclaración estamos a sus ordenes.
      le dejo mi numero celular para cualquier consulta ya mas directa.

      ATENTAMENTE
      LIC. ANGEL CASTRO R.
      044 33 1289 9946

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  28. Yo preste un dinero, firmó un pagare pero sin aval, que tan difícil sería por vía legal hacer q pague????

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    1. saludos lector.

      Depende del la persona que le prestó el dinero. es decir, si tiene bienes para embargar, pues no le veo ningun problema el que se cobre con dicho bien, pero no lo tiene, se complicaria su cobro.

      cualquier duda o aclaración estamos a sus ordenes.
      le dejo mi numero celular para cualquier consulta ya mas directa.

      ATENTAMENTE
      LIC. ANGEL CASTRO R.
      044 33 1289 9946

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  29. Buenas tardes yo tenia una tda y vendia cerveza firme contrato xon la corona y cuándo acabe el caryonaje( pero no recuerdo haber recogudi el pagare) se firmo el segundo segun mis cuentas acabe el segundo y quite la tda al poco tiempo vineron los ejecurivos de corona que ke habia quedado a deber y que mi deuda asendia como en $3000 pesos total quedamos en que iba a checar y ya no volvieron , alos 4o5 años vinieron con el pagare un bufet de abogados a querelo cobrar completo peri en esa ocasion ni nis encontraron ni a mi esposo y se fueron ahora regresa wl bufet aparentemente con dos pagares con fecha del 2016 queriendo hacer el pago eso es valido??

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    1. saludos lectora.

      Mire le comento que el pagaré es valido cobrarlo hasta 3 años, en la vía privilegiada (donde pueden acceder al embargo de bienes, emplazamiento y requerimiento) esas 3 acciones en una misma diligencia. pero solo mediante un juzgado y con el secretario del juzgado mercantil. si la persona va solamente a cobrar o solo el abogado a cobrar, le sugiero que no de ningún abono, pues reactivaría la deuda nuevamente.

      ahora, también es importante que se puede cobrar el pagaré sin la via privilegiada y en este caso es hasta 10 años después de que el pagare a vencido, solo que en este caso es complicado que se acredite la relación que da origen a la demanda.


      en resumidas cuentas el pagare tiene 02 términos de prescripción el de 3 años en via privilegiada y 10 años en via no privilegiada, pasando dicho termino el pagare no se puede ya cobrar.

      y muy importante es no dar ningún abono ni firmar ningún documento que reconozca la deuda o simule algún pago dado en abono.

      si la siguen molestando o la llaman a juicio, le dejo los datos para que pueda contactarnos

      LIC. ANGEL CASTRO R.
      044 33 12 8999 46.

      para cualquier duda o aclaración.

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  30. Buenas noches. Mi papá pidió prestado dinero a una prestamista hace casi 11 año 100mil pesos. El año pasado no le aboné nada porque no teníamos trabajo. Pero todos esos años le estuve pagando puro interés, que son 6mil mensual... Pero definitivamente no tengo dinero para pagarle. Me puede demandar aunque y tenga 10 años dándole dinero?

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    1. buenas tardes jazmin.


      Aquí primero que nada, tendriamos que ver si los abonos que diste fueron reconocidos en el documento que firmaste, y de igual manera ver el documento que firmo.

      pero de manera general le puedo comentar que si puede ser demandado por el pago de la deuda, pero en juicio si tenemos recibos y comprobantes podríamos ver la posibilidad de que los intereses que ha pagado son usureros, (por los años que me comenta que ha pagado solo interés), con la finalidad de que se libere la deuda que se genero.


      Ojo, si es un pagare lo que firmo, y los abonos fueron reconocidos en el documento o en hojas anexas a el, el termino de la preescripción para que ella pueda demandar, es la fecha del ultimo abono que se asentó en el documento.

      porque si la fecha de vencimiento ya se cumplió y a pesar de eso siguió dando abonos, lo que hacia jurídicamente es renovar la deuda, por eso se cuenta la fecha de prescripción a partir del ultimo abono.

      para cualquier duda o aclaración, estamos a sus ordenes

      Atentamente

      LIC. ANGEL CASTRO R.
      044 33 12 8999 46.

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  31. Hola buenos dias hace una semana una amiga me invito asu casa y me comento que si podia ir de aval el cual yo respondi que NO como a los 10 minutos llego una persona le tomo fotos a articulos del hogar de mi amiga y le firmo un pagare no se por que cantidad pero yo en eso pedi que me prestara el wc y deje mi mochila donde tenia mi cartera y mi credencial del ine al salir del wc me di cuenta que tomo mi cartera nose con que fines pero me imaguino que la persona que le presto el dinero le tomo foto con su cel, le pregunte a mi amiga y obio me nego aver tomado mi billetera y la credencial la pregunta de aver sido asi que le tomo foto cuenta como si hubiera ido yo de aval aun que no firme niun documento?

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    1. Buenas tardes estimada lectora.

      Le comento lo siguiente. Puede pasar que ella (su amiga) de mala manera alla falsificado su furma y "haberla puesto de aval". Pero cuando le quisieran reclamar la cantidad, usted tiene todo el derecho de ofrecer una prueba pericial en grafoscopia para descartar que la firma no fue escrita de su puño y letra y al final absolverla a usted de pago el juez Mercantil.

      Para cualquier duda dejo mis telefonos.

      33 1289 9946
      Lic. Ángel Castro R.

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  32. Respuestas
    1. de nada, estamos a la orden para cuando tenga alguna otra duda jurídica.

      Atentamente
      Lic. Angel Castro R

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  33. Mi mamá firmó un pagaré en blanco como aval de mi hermano para que le dieran a trabajar un taxi tiempo después a mi hermano le chocaron el taxi y el señor se lo quitó según x q lo iba a componer en su taller y después ya no se lo dió a trabajar y ahora a mi mamá le llegó una demanda con el pagaré ya lleno con la cantidad de 200 mil pesos q podemos Aser espero su pronta respuesta gracias

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    1. Buenas noches estimada lectora.

      Le comneto que si su mama ya fue demandada por le pago de la cantidad que ampara el documento. lo que tendria que hacer es contestar la demanda (por medio de un abogado), buscando acreditar que el documento fue alterado, pues la firma y el contendido del pagere fueron llenados en distintas fechas, buscando provocar la nulidad de dicho pagare o bien tratar de llegar a un acuerdo con el contrario. o ver la manera en que esta redactada la demanda para tratar de salir del problema de manera juridica. pero es importante que inmediatamente se revise el documento con el abogado porque para contestar la demanda se tiene un termino y sino se contesta se tomara como presuntamente cierto lo que plasmo en su demanda el acreedor

      Atentamente
      Lic. Angel Castro R.
      Cel 33 1289 9946

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  34. Buenas tardes.

    Antes que nada un cordial saludo, de favor me pudiera orientar e indicar como hacer un escrito por un dinero que preste y no me han cubierto.
    SITUACIÓN:
    En enero 2019 preste $17,000 sin que me firmaran pagare o documento (solo se quedaron las escrituras del para de la persona a la que se le presto el dinero), el acuerdo fue el pago por el 5% mensual de la deuda, a la fecha solo se ha cubierto el interés de hasta abril 2019 el puro interés, la persona esta dispuesta a firmar el pagare, pero adicional quiero un escrito porque las escrituras están a nombre de su papá (para que firme como aval) PERO... en caso del que papá no quiera porque desconozco si sabe que su hijo dio las escrituras, es por eso la duda y petición para que me oriente.

    De antemano gracias!!

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    1. Buenas noches,

      Le comento que con mucho gusto lo podemos apoyar en la elaboración de su documento. dejo a su disposición mi número de celular para ver la elaboración de su documento.

      Atentamente
      Lic. Angel Castro R.
      33 1289 9946

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  35. Mi pregunta es, que sucede si el pagare sufre una ruptura y se pierde la leyenda "pagare", se puede cobrar y cambia de nombre al ya no decir pagare.
    Saludos

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    1. Hola buenas tardes.

      Solo para comentarle que si un pagare pierde es mutilado, si pierde su vigencia como tal, del cual ya no es posible que se pudiera cobrar, ademas de que si pierde la mención de ser pagare, de igual manera no puede cobrarse como pagare, pues uno de los requisitos para su existencia no se están cumpliendo.

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  36. Mi pregunta es mi hermano firmo unos pagaré no pudo pagar el primero por qué se enfermó y el abogado del señor con quién tiene la deuda noS comento que automáticamente los siguientes pagarés quedan vencidos, y mi hermano ha tratado de comunicarce con el señor y el ebogado pero ninguno le contesta quisiera llegar a un acuerdo de hecho les quiere pagar con un terreno o dejarlo de garantía que se puede hacer

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  37. Hola buenas noches mi situación es que yo trabajo colocando dinero de una financiera que me otorga cierta línea de crédito para yo prestar con familiares amigos y gente conocida, lis trámites del préstamo se llevan a cabo por medio de la financiera pero se supone que la responsable de cobrar y depositar lis abonos de estos préstamos soy yo y ellos no tienen contacto para cobranza con las personas a lo sd que se les otorgó lud prestamos y si ellos no me pagan yo estoy obligada a pagar en la financiera ya que firme un lo pagaré con dicha financiera, el asunto es que una de las personas a la que le preste dinero no me quiere pagar y yo tengo que estar pagando cada quincena sus abonos por qué si no yo tendría problemas con la financiera , a dicha persona yo le hice firmar un pagaré cuando me solicitó el préstamo pero ella no lo lleno con su letra solo lo firmo , quiero saber si ella no me paga puedo hacer válido ese pagaré ya que dicen que como ella no lo lleno con su letra no es válido ,solo lo firmo y yo puse sus datos nombre , domicilio y cantidad del adeudo

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  38. Firme un pagaré para hacer un trámite una carta liquidación con una financiera la pregunta si ya no quiero seguir el trámite se anula el pagaré?

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  39. Yo firme un pagaré de cierta cantidad, pero la empresa para la que trabajé quiere tomar parte del dinero de mi liquidación o finiquito para acreditar una parte pero no yo estuve de acuerdo con que hicieran eso y acorde en pagar conforme a mis Posibilidades cada 15 días
    ¿Es posible que puedan tomar mi finiquito para ello?

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  40. Firme un pagare de 15 mil con la fecha de pago sin aval faltando 3 dias surgio una emergencia y no se pudo pagar quedando que se pagaria en 1 semana el dia que se aria el pago una perona empezo amenazarme por mensaje la verdad me enoje y no le pague por la amenaza ahora esta buscando a personas en las redes y queriendoles cobrar y son personas que ni me conocen la unica identificacion que tiene mia es la licencia y ya no vivio en esa direccion
    Pero siguen las amenaza que puedo acer de antemano gracias.

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  41. Hola que tal una amiga me hizo un préstamo de 15 mil solo le e dado dos mil el pagaré que le firmé ya venció y ella ya lo quiere vender cual sería el proceso que venga para cuando ella venda el pagaré, gracias

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    1. Saludos estimado lector.

      Le comento que si su amiga quiere vender el pagare la persona que se lo llegase a comprar va a requerirlo de pago, es decir, mediante demanda exigiría el pago total de la cantidad que ampara el pagare, hay que tener mucho cuidado con esto, pues si los abonos que realizó no vienen al reverso del documento, entonces tendremos un problema para acreditar que si pagó dicho abono.

      Ahora, si de su parte esta en aptitud de pagar abonando cantidades periódicas dependiendo a su capacidad de pago, le recomiendo que acuda con nosotros, se puede hacer un tramite de consignación del dinero ante el juzgado, esto evitaría que cuando lo vayan a querer requerir por el pago completo, evita que se le embarguen bienes y se generen intereses moratorios, saliendo así del problema jurídico que tiene.

      Atentamente
      Lic. Angel Castro R.
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  42. Me yego una demanda mercantil pero el PAGARET.tiene fecha de vencimiento 5 DE MARZO DEL 2016.QUE DEVO HACER?

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    1. saludos.

      Inmediatamente contratar los servicios de un abogado para que pueda preparar la defensa de su juicio y contestar en tiempo y forma. Ojo, en los documentos le dieron termino para contestar la demanda y el escrito de contestación no tiene que pasar de ese termino que le dieron. a usted por medio de esos documentos ya la llamaron a juicio y usted tiene que comparecer con su abogado a contestar la demanda, ofrecer pruebas y alegatos... si ya pagó lo tiene que manifestar y acreditar en este proceso etc.

      dejo a su disposición mi teléfono

      Atentamente
      Lic. Ángel Castro R.
      3312899946

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  43. HOLA BUENAS TARDES UNA PREGUNTA FIRME DOS PAGARES DONDE NO RECIBI DINERO LOS FIRME EN GARANTIA POR ALGUNOS BIENES EN UNA CASA EN UN CUARTO EN RENTA YO LLENE LOS DOCUMENTOS Y LOS FIRME EN DONDE ESTA LA PARTE DE LOS INTERESES PUSE 0 Y ESCRIBI LAS CANTIDADES MAL YA QUE NO PUSE 00/00 MN SINO UNICAMNTE PUSE MXN TODOS LOS DATOS LOS LLENE AHORA ME ESTAN COBRANDO POR VIA LEGAL ESTOS DOCUMENTOS PERO NO ME LOS MUESTRAN SOLO ME DICEN QUE PAGUE PERO NO ME MUESTRAN LOS PAGARES ORIGINALES YO TENGO FOTO Y COPIAS DE LOS MISMOS QUE PASA SI ESTAN ALTERADOS?

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    1. Saludos lector.- como me dice que ya le estan cobrando lo pagares via judicial, entonces le comento que cuando contrato a su abogado particular debió de mostrarle a el los documentos en copias que dice usted lleno y firmo y dentro de su contestacion de demanda, ofrecer una prueba en grafoscopia y caligrafia, para demostrar que el documento que le prentenden cobrar se encuentra alterado.

      Por otro lado le comento, en su contrato de arrendamiento debio de haber quedado establecido que tendria como garantia de pago la firma de los pagares, si es así de igual forma pudiera acreditar que el origen de los documentos no derivo de un prestamo, sino de una garantia por arrendamiento.

      Su asunto para poder sarlir favorable, tiene de vital importancia las pruebas que demuestren la alteracion de los documentos, hay que poner mucha antencion en su procedimiento y no descuidarlo ni un momento.

      dejo a su disposición mi teléfono para cualquier duda o aclaracion.

      Atentamente
      Lic. Ángel Castro R.
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  44. Buenas tardes
    Por ignorancia firmé un pagaré en una escuela para asistir a clases de Inglés. Tuve un problema familiar y quise darme de baja pero me informan que como era una "beca" no hay cancelaciones y debe pagar todo el curso que consta de 4 niveles. No terminé ni el primero. Qué puedo hacer en este caso?

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